PIS y COFINS en Brasil: las contribuciones federales sobre ingresos (y cómo el CBS las reemplaza)
Respuesta corta. El PIS y el COFINS son dos contribuciones federales que gravan los ingresos brutos de una empresa. Juntas aplican a una de dos tasas según el régimen: 3,65% en el régimen cumulativo (sin créditos) o 9,25% en el régimen no cumulativo (con créditos de entrada). Cuál aplica está atado a su elección de impuesto a la renta corporativo — las empresas en lucro presumido suelen ser cumulativas, las de lucro real, no cumulativas. Desde 2027, el PIS y el COFINS son reemplazados por el CBS en la reforma tributaria. Este artículo explica cómo funcionan hoy y qué significa la transición.
Qué son el PIS y el COFINS
Pese a las siglas, el PIS (Programa de Integração Social) y el COFINS (Contribuição para o Financiamento da Seguridade Social) funcionan juntos como el principal impuesto federal sobre los ingresos de Brasil. Casi toda venta de bienes o servicios de una empresa brasileña los carga. Son independientes de — y se suman a — el impuesto a la renta corporativo (IRPJ/CSLL) y los impuestos indirectos estaduales/municipales (ICMS, ISS).
Vienen en dos regímenes, y la diferencia es grande.
Los dos regímenes
Régimen cumulativo — 3,65%, sin créditos
- PIS 0,65% + COFINS 3,0% = 3,65% sobre los ingresos brutos.
- Sin créditos de entrada — el impuesto se acumula en cada etapa de la cadena.
- Generalmente aplica a empresas gravadas por lucro presumido (y a ciertos ingresos con independencia del régimen).
[Fuente: Lei 9.718/1998 — Planalto]
Régimen no cumulativo — 9,25%, con créditos
- PIS 1,65% + COFINS 7,6% = 9,25% sobre los ingresos brutos.
- Se permiten créditos de entrada sobre muchas compras (insumos, ciertos costos y gastos), de modo que la carga efectiva recae sobre el valor agregado, no sobre el ingreso bruto.
- Generalmente aplica a empresas gravadas por lucro real.
[Fuente: Lei 10.637/2002; Lei 10.833/2003 — Planalto]
Como el régimen está atado a su método de renta, la decisión lucro real vs. lucro presumido es también una decisión de PIS/COFINS — vea Lucro Real vs. Lucro Presumido. Un negocio con muchos insumos acreditables puede pagar menos con 9,25%-con-créditos que con 3,65%-sin-créditos; un negocio de servicios liviano puede pagar más.
PIS/COFINS en importaciones
Las importaciones cargan su propia capa, el PIS/COFINS-Importação, sobre el valor aduanero de los bienes y sobre los pagos por servicios importados. Combinado, es aproximadamente 11,75% sobre bienes y 9,25% sobre servicios, con ajustes por producto. Es parte de la estructura de impuestos de importación y, para importadores en lucro real, puede generar créditos. [Fuente: Lei 10.865/2004 — Planalto]
Por qué las empresas extranjeras se equivocan
Tres trampas recurrentes:
- Asumir una sola tasa. La misma venta puede cargar 3,65% o 9,25% según su régimen — modele ambos antes de elegir lucro real o presumido.
- Ignorar el sistema de créditos. En el régimen no cumulativo, los créditos de entrada son caja. Las empresas que no los rastrean ni los reclaman pagan de más.
- Olvidar la capa de importación. El PIS/COFINS-Importação aplica sobre el II, el IPI y (durante la transición) el IBS/CBS — es un componente real del costo de importación.
Cómo el CBS reemplaza al PIS y al COFINS
En la reforma del consumo, el PIS y el COFINS son absorbidos por el CBS (Contribuição sobre Bens e Serviços), el nuevo tributo federal tipo IVA:
- 2026 — un año piloto. El CBS se cobra a un simbólico 0,9%, compensado contra el PIS/COFINS, así que no hay carga adicional neta — el año es sobre sistemas y facturación.
- 2027 — el CBS entra en pleno vigor y el PIS y el COFINS se extinguen. El CBS es ampliamente no cumulativo con acreditamiento generoso — en esencia, la lógica no cumulativa, generalizada a toda la cadena.
Así, el régimen no cumulativo que quizá opere hoy es la vista previa más cercana de cómo se sentirá el CBS. Vea ¿Hay IVA en Brasil? IBS y CBS explicados e IBS y CBS en 2026.
Conclusión práctica
- Conozca su régimen. Cumulativo (3,65%, sin créditos) o no cumulativo (9,25%, con créditos) sigue a su elección de renta.
- Haga la cuenta de los créditos. Si tiene insumos acreditables significativos, 9,25%-con-créditos puede superar a 3,65%-plano.
- Presupueste la capa de importación por separado en los modelos de costo.
- Prepárese para el CBS ya. Dejar bien la facturación y el rastreo de créditos del PIS/COFINS no cumulativo es la misma disciplina que el CBS exigirá desde 2027.
Preguntas frecuentes
¿Qué son el PIS y el COFINS en Brasil? Dos contribuciones federales que gravan juntas los ingresos brutos de una empresa. Son el principal impuesto federal sobre la facturación de Brasil, independiente del impuesto a la renta corporativo y del ICMS e ISS estaduales/municipales.
¿Cuáles son las tasas de PIS/COFINS? 3,65% combinado en el régimen cumulativo (sin créditos, típico de lucro presumido) o 9,25% combinado en el régimen no cumulativo (con créditos de entrada, típico de lucro real).
¿Qué decide qué régimen de PIS/COFINS aplica? Principalmente su método de renta corporativa: las empresas en lucro presumido suelen estar en el régimen cumulativo y las de lucro real en el no cumulativo, con algunas excepciones por actividad.
¿El PIS y el COFINS aplican a importaciones? Sí. El PIS/COFINS-Importação aplica a bienes importados (unos 11,75% combinado) y a servicios importados (cerca de 9,25%), sobre los demás impuestos de importación.
¿Cuándo terminan el PIS y el COFINS? Son reemplazados por el CBS en la reforma. 2026 es un año piloto con una tasa simbólica compensada; en 2027 el CBS entra en pleno vigor y el PIS y el COFINS se extinguen.
📚 Relacionado: ¿Hay IVA en Brasil? IBS y CBS explicados y Lucro Real vs. Lucro Presumido.
Fuentes
Fuentes oficiales revisadas para este artículo: la ley del régimen cumulativo (Lei 9.718/1998 — Planalto), las leyes de PIS y COFINS no cumulativos (Lei 10.637/2002; Lei 10.833/2003), la ley de importación (Lei 10.865/2004) y el marco de la reforma que los reemplaza por el CBS (EC 132/2023; Lei Complementar 214/2025), con orientación de la Receita Federal. Esto es información general, no asesoría fiscal; confirme tasas y reglas vigentes para su actividad.